Artículo 9
INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE DETALLAR EL IMPUESTO EN LOS DOCUMENTOS EMITIDOS
Todo contribuyente sujeto a lo establecido en esta ley que no detalle el impuesto ad-valorem que regula la presente ley, en los documentos legales de control de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios que emitan los productores, importadores y distribuidores de combustible, será sancionado con una multa equivalente a un medio del salario mínimo mensual por cada documento emitido.