Artículo 8
Derechos de los usuarios de la Administración Pública
Los derechos de reconocidos para los usuarios de la Administración Pública en el presente decreto no estarán sujetos a la discrecionalidad de la autoridad Fiscal. Si la misma infringiese ese derecho incurriera en responsabilidad patrimonial personal y directa, particularmente en lo referente a los titulares del Ministerio de Hacienda; lo anterior en el marco de la Ley de Procedimientos Administrativos.