Artículo 74
PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONADOS
En todo momento se deberá garantizar la publicidad del proce- dimiento para la elección de Comisionados. Cada Entidad Responsable deberá garantizar el acceso a la información relativa al proceso de elección de Comisio- nados que se realice ante dicha entidad.