Artículo 5
Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del presente Acuerdo, el precio de referencia internacional del barril de petróleo tendrá una vigencia de quince días a partir de la fecha de su publicación en la página Web del Ministerio de Economía, período que será expresado en la referida publicación.
Promulgación de la Ley
PUBLÍQUESE
THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN
MINISTRO