LegalEx - Navega las leyes tributarias de El Salvador

Título IV: DE LOS RECURSOS
Capítulo SEGUNDO: TIPOS DE RECURSOS
Sección PRIMERA: RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

Artículo 133

TRÁMITE

Si el acto fuera expreso, el plazo para interponer el recurso de reconsideración será de diez días contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación. Si se tratase de un acto presunto, el plazo será de un mes y se contará a partir del día siguiente en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

El plazo para resolver el recurso y notificar la resolución será de un mes; contra lo resuelto no podrá interponerse nuevo recurso de reconsideración.