LegalEx - Navega las leyes tributarias de El Salvador

Título IV: PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS
Capítulo IV: DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO
Sección TERCERA: PRUEBA DOCUMENTAL

Artículo 207

IMPRESIÓN DE IMÁGENES ÓPTICAS NO MODIFICABLES

La reproducción impresa de imágenes no modificables, obtenidas por medios propios de los avances tecnológicos, efectuada por la Administración Tributaria sobre documentos originales relacionados con los impuestos que administra, tendrá para todos los efectos el valor de prueba documental.