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Título VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DEROGATORIAS
Capítulo II: DEROGATORIAS Y VIGENCIA

Artículo 281

DEROGATORIAS

A partir de la fecha en que entre en vigencia el presente Código, quedan derogadas:

a)

Las disposiciones del Decreto Legislativo No. 134, de fecha 18 de diciembre de 1991, publicado en el Diario Oficial No. 242 Tomo 313 del 21 de diciembre del mismo año, por medio del cual se emitió la Ley del Impuesto Sobre la Renta: Artículos 4 numeral 8), 6 inciso final, 7,8, 9, 10, 11, 43, 44, 45, 46, 47, 48 incisos 2º, 3º y 4º, 50, 52, 54, 61, 62 incisos 2º y 3º, 63, 66-A, 71, 72, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 90, 91, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 110-A, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 118-A, 119, 119-A, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 129 y 130;

b)

Las disposiciones del Decreto Legislativo No. 296, de fecha 24 de julio de 1992, publicado en el Diario Oficial No. 143 tomo No. 316 del 31 de julio del mismo año, por medio del cual se emitió la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Servicios: artículos: 3, 21, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 56, 59, 78, 79, 80, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 incisos 3º, 5º y 6º, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 152-A, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159,160, 161, 162, 165 y 166;

c)

Las disposiciones del Decreto Legislativo No. 552, de fecha 18 de diciembre de 1986, publicado en el Diario Oficial No. 239 tomo No. 293 del 22 de diciembre del mismo año, por medio del cual se emitió la Ley del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces: artículos 6, 7 inciso 2º,11, 13, 14, 15, 16, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 27 incisos 2° y 3º, 28, 29 y 30; y,

d)

Las disposiciones del Decreto Legislativo No. 640, de fecha 22 de febrero de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 47, tomo No. 330 del 7 de marzo del mismo año, por medio del cual se emitió la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas: artículos: 46 incisos 1° y 2°, 52, 53, 55, 56, 57 y 58.