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Decreto 385 7 artículos
Preámbulo de la Ley
DECRETO No. 385 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I.- Que existe una extensa legislación concediendo exenciones de impuestos lo cual genera no sólo una sustancial disminución de los ingresos fiscales sino que deja en desventaja competitiva aquellas que no gozan de estos mismos privilegios, que por lo general son los pequeños y medianos empresarios, lo cual no es justo ni conveniente para una economía social de mercado donde se crean condiciones propicias de igualdad de oportunidades y cuyos beneficios y costos son compartidos por toda la sociedad: II.- Que es necesario conciliar las disposiciones de la política fiscal con los objetivos generales de la política económica y de desarrollo: III.- Que la política económica, de este nuevo gobierno considera la disminución gradual y progresiva de los derechos arancelarios a la importación con el propósito de lograr eficiencia productiva y una sana competencia, lo cual vuelve menos justificable las disposiciones que exoneran del pago de los impuestos de importación: IV.- Que la política fiscal se propone generalizar el pago de los impuestos y ampliar las bases de los mismos lo cual requiere modificaciones en los tributos internos y en sus exenciones: V.- Que es preferible y conveniente que las exoneraciones concedidas a través de leyes especiales, como el impuesto sobre la renta, queden indicadas en las mismas y derogar dichas exoneraciones de las leyes de carácter general evitando así duplicidad de leyes, pues en nada beneficia que aparezcan en ambas; VI.- Que es necesario en las actuales circunstancias, derogar las disposiciones que conceden exenciones y privilegios fiscales con efectos negativos para la Hacienda Pública y el sistema económico: POR TANTO: en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda. DECRETA DECRETO QUE DEROGA DISPOSICIONES LEGALES QUE CONTIENEN EXENCIONES RELATIVAS A DERECHOS, GRAVÁMENES, TASAS E IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN, IMPUESTOS INDIRECTOS E IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Promulgación y Firmantes

SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador

treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve

Asamblea Legislativa

RICARDO ALBERTO ALVARENGA VALDIVIESO

PRESIDENTE

LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA

VICEPRESIDENTE

RAÚL MANUEL SOMOZA ALFARO

SECRETARIO

MAURICIO ZABLACH

SECRETARIO

NÉSTOR ARTURO RAMÍREZ PALACIOS

SECRETARIO

DOLORES EDUVIGES HENRÍQUEZ

SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador

treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve

PUBLÍQUESE

ALFREDO FELIX CRISTIANI BURKARD

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RAFAEL EDUARDO ALVARADO CANO

MINISTRO DE HACIENDA