Artículo 4-A
PROCESO DE SOLICITUD, VERIFICACIÓN, EMISIÓN Y EXPEDICIÓN DEL NIT
En la etapa de solicitud de NIT, todo sujeto o entidad que solicite la inscripción al Sistema de Registro, deberá:
Presentar los formularios respectivos en los medios físicos tecnológicos que disponga la autoridad del Sistema de Registro, debidamente cumplimentados con la información requerida.
Firmar, en caso de ser requerido.
Realizar el pago de los derechos respectivos.
Presentar los documentos que establezcan la autoridad del Sistema de Registro, previa constatación.
Todo sujeto o entidad que solicite modificación o renovación del NIT, debe cumplir con lo anterior y los requisitos y medidas de seguridad que disponga la autoridad del Sistema de Registro.
En la etapa de verificación del NIT, se procederá a comprobar los datos del solicitante, y a asegurar que se extienda al sujeto correspondiente. Como resultado de esta etapa, se asignará un número único.
Verificada la información proporcionada por el solicitante, se incorporará al Sistema de Registro y se procederá a la emisión del NIT, debiendo ser expedido al sujeto o entidad a quien corresponda.
En los casos de personas naturales que tengan problemas físicos, tales como ceguera, falta de miembros, que imposibiliten la firma o la obtención de huellas dactilares, se procederá de acuerdo a lo que establezca la autoridad del Sistema de Registro, circunstancia que deberá documentarse.
La autoridad del registro, utilizará tecnologías de la información y comunicación para realizar la emisión del NIT, que garanticen la autenticidad, confidencialidad, integridad, eficacia, disponibilidad y conservación de la información, en los plazos, términos y condiciones que establezca la referida autoridad.
Los funcionarios delegados y empleados del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Economía y de las oficinas estatales competentes en materia de registro de personas naturales y jurídicas, que participen en el proceso de emisión del NIT, deberán realizar con diligencia dichas etapas, teniendo responsabilidad civil, administrativa y penal de sus actos y datos que suministren.