Artículo 1
LEY DEL RÉGIMEN FISCAL APLICABLE AL MERCADO DE VALORES
Las transacciones bursátiles en que intervengan las Sociedades Anónimas que operan Bolsas de Valores y las inscritas como Casas Corredoras dentro de ellas, legalmente autorizadas para operar en el país, estarán exentas del pago de los impuestos de papel sellado y timbres. Así mismo, estarán exentas de estos impuestos todas las negociaciones de títulos valores que se efectúen a través de una Bolsa de Valores.