Artículo 2
Los intereses que produzcan los bonos y otros títulos valores representativos de obligaciones; los ingresos provenientes de la ganancia de capital; y las cantidades de dinero invertidas por los contribuyentes en títulos valores que hayan sido adquiridos por medio de una Bolsa de Valores y que formen parte del activo, se regirán tributariamente por lo que dispongan las respectivas leyes sobre Renta y patrimonio en lo aplicable al sistema financiero.