Artículo 4
TARIFA
El pago del impuesto se hará conforme a la siguiente tarifa:
Si el valor del inmueble es:
| El impuesto será de: | |
|---|---|
| Hasta 250,000.00 * | Exento |
| De 250,000.01 en adelante | 3% * |
En caso de parcelación de un mismo bien raíz, cada parcela se tomará como un bien independiente.