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Artículo 82

IMPUGNACIÓN DEL TIPO DE PROCESO POR RAZÓN DE LA CUANTÍA

Si la parte demandada hubiese impugnado la adecuación del proceso por razón de la cuantía en la contestación de la demanda, el Tribunal resolverá la cuestión en la audiencia única. Frente a la decisión del Tribunal no habrá recurso alguno.