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Título IX: ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO
Capítulo II: SECCIÓN PRIMERA
Sección QUINTA: COBRO COACTIVO PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO COACTIVO DEL IMPUESTO Y MULTA DE MOROSOS

Artículo 169

APLICACIÓN A LOS SUMINISTROS

En los casos de suministros de servicios periódicos sometidos a medición, el impuesto se aplicará a partir de la primera medición posterior a la entrada en vigencia de la ley.