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Título III: DEL PROCEDIMIENTO
Capítulo I: PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 71

CONTENIDO DE LA PETICIÓN

Si el procedimiento se inicia a instancia de persona interesada, la petición deberá contener:

1)

El órgano o funcionario a quien se dirige.

2)

El nombre y generales del interesado, domicilio, lugar o medio técnico, sea electrónico, magnético o cualquier otro, señalado para notificaciones y, en su caso, el nombre y generales de la persona que le represente.

3)

El nombre y generales de los terceros interesados, domicilio y el lugar donde pueden ser notificados, si fueren de su conocimiento.

4)

Los hechos y razones en que se fundamenta la petición.

5)

La petición en términos precisos.

6)

La firma del interesado o de su representante, por cualquiera de los medios legalmente permitidos.

7)

Lugar y fecha.

8)

Las demás exigencias que establezcan las leyes aplicables.