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Título III: DEL PROCEDIMIENTO
Capítulo IV: COMUNICACIONES

Artículo 102

NOTIFICACIONES DEFECTUOSAS

La notificación realizada por un medio inadecuado o de forma defectuosa será nula, salvo que el interesado se dé por enterado oportunamente del contenido del acto de que se trate, de forma expresa o tácita, ante el órgano correspondiente, con lo cual se entendería que ha quedado subsanado el defecto.