Artículo 14
EL PAGO
El pago es un modo de extinguir la obligación tributaria sustantiva, y se entiende por tal, el cumplimiento efectivo de la misma.
Cualquier persona puede pagar de la manera establecida en el artículo 72 del Código a nombre de un deudor tributario, para extinguir la obligación de aquél por quien paga. Art. 69 CT