Artículo 37
EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS LEGALES A AUDITORES Y DELEGADOS
Los contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, deberán portar las Notas de Remisión, Facturas y Comprobantes de Crédito Fiscal, según corresponda, durante el traslado, circulación o tránsito de bienes muebles y mercaderías, y exhibir tales documentos a delegados o auditores de la Administración Tributaria cuando éstos lo soliciten. Art. 235 No. 1 Ley del IVA