Artículo 5
FUENTES DEL ORDENAMIENTO TRIBUTARIO
Constituyen fuentes del ordenamiento tributario:
Las disposiciones constitucionales;
Las leyes, los tratados y las convenciones internacionales que tengan fuerza de ley;
Los reglamentos de aplicación que dicte el órgano ejecutivo; y,
la Jurisprudencia sobre procesos de constitucionalidad de las leyes tributarias.
Supletoriamente constituirán fuentes del ordenamiento jurídico tributario, la doctrina legal emanada de los procesos de amparo de la Sala de lo Constitucio- nal, así como la proveniente de la Sala de lo Contencioso Administrativo ambas de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos.
Se entiende por doctrina legal la jurisprudencia establecida por los tribuna- les antes referidos, en tres sentencias uniformes y no interrumpidas por otra en contrario, siempre que lo resuelto sea sobre materias idénticas en casos seme- jantes.