004-0224
ConfirmatorioLección Principal
Para determinar el valor en aduana, se debe incluir el pago total efectuado al vendedor o en su beneficio, incluyendo cualquier pago que sea una condición para la venta, independientemente de cómo se denomine (ej. 'intereses moratorios' que no responden a una mora real). Asimismo, es obligatorio declarar la totalidad de los gastos de transporte y conexos incurridos hasta el lugar de importación para evitar ajustes, impuestos adicionales y sanciones.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que ajustó el valor en aduana de las importaciones de una sociedad. El ajuste se debió a la no inclusión de pagos sistemáticos etiquetados como 'intereses moratorios' y de gastos de flete y transporte conexos. El Tribunal determinó que los 'intereses' eran en realidad una condición de venta y parte del precio, y que todos los costos de transporte hasta el puerto de importación debían ser incluidos, confirmando así la determinación de impuestos y la multa por inexactitud.
Montos en Disputa
$428,782.52
Impuesto
$428,782.52
Multa
$857,565.04
Total
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