R1604037TM
RevocatorioLección Principal
Al auditar transacciones entre partes relacionadas, es crucial diferenciar si se cuestiona la existencia y necesidad del gasto o el valor de la contraprestación. Si el problema es el precio, la Administración Tributaria debe obligatoriamente fundamentar su análisis en la normativa de precios de transferencia, de lo contrario, su objeción carecerá de sustento legal y podrá ser revocada.
Resumen del Caso
La Administración Tributaria (DGII) objetó la deducción de gastos por servicios de transporte internacional pagados por una empresa a su casa matriz no domiciliada, argumentando que no eran necesarios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGII, estableciendo que el verdadero cuestionamiento era sobre el precio pactado entre partes relacionadas, por lo que la DGII debió aplicar las normas de precios de transferencia en lugar de las reglas generales de deducibilidad, incurriendo en un error de fundamentación legal.
Montos en Disputa
$900,080.18
Impuesto
$225,020.05
Multa
$1,125,100.23
Total
$ 115,641.25
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