R1505022TM
ConfirmatorioLección Principal
Es crucial que los contratos de servicios, especialmente internacionales, especifiquen de forma inequívoca si las tarifas incluyen o excluyen impuestos. Si las tarifas son netas, el monto total facturado es ingreso gravable y no se pueden restar impuestos. Además, los pagos por servicios a no domiciliados que son esenciales para la operación local pueden ser considerados 'utilizados' en el país, lo que obliga a efectuar la retención de ISR para asegurar la deducibilidad del costo.
Resumen del Caso
El TAIIA confirma una resolución de la DGII contra una empresa de telecomunicaciones, validando la determinación de ingresos omitidos por restar incorrectamente IVA e Impuesto Específico de tarifas que contractualmente eran netas. También se confirma la objeción de costos por no retener ISR a proveedores no domiciliados, al considerar el servicio 'utilizado' en El Salvador, y se ratifica la multa por evasión intencional.
Montos en Disputa
$723,139.46
Impuesto
$361,569.73
Multa
$ 1,565,051.52
Crédito Objetado
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