010-0324
ModificatorioLección Principal
Para que un gasto sea deducible fiscalmente, no basta con que sea necesario para el negocio; es indispensable que esté respaldado por documentación legalmente idónea (facturas, CCF) y que su deducción esté expresamente permitida por la ley tributaria, no solo por normas contables o de entes reguladores. La carga de la prueba recae siempre en el contribuyente.
Resumen del Caso
Un banco apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta para el año 2020, en la que la DGII objetó deducciones por $2.4 millones, incluyendo gastos de personal, provisiones, ajustes de activos y un recálculo de la proporcionalidad. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, revocando la objeción sobre la amortización de inversiones y los gastos proporcionales, pero confirmando las objeciones sobre gastos de recreación, provisiones sin documentos y ajustes por normas contables, resultando en un ajuste al impuesto y la multa.
Montos en Disputa
$469,992.06
Impuesto
$117,498.02
Multa
$587,490.08
Total
$ 2,416,504.64
Crédito Objetado
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