I1702008TM
ModificatorioLección Principal
Para deducir créditos fiscales de IVA en operaciones locales superiores a 58 salarios mínimos, es indispensable pagar la totalidad de la transacción mediante cheque, transferencia bancaria u otro medio similar y conservar la prueba. El requisito de bancarización no aplica al pago de impuestos en aduanas por importaciones, pero sí al pago de la mercancía al proveedor extranjero, por lo que es crucial documentar ambos aspectos.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones analiza un caso donde la DGII objetó créditos fiscales de IVA a un contribuyente por no usar medios de pago bancarizados en compras e importaciones mayores a 58 salarios mínimos. El Tribunal confirma la objeción para las compras internas, ya que el contribuyente no probó el pago total por los medios exigidos, pero revoca la objeción para las importaciones, estableciendo que el requisito de bancarización no aplica a dicho hecho generador. Consecuentemente, se modifica el impuesto y la multa a pagar.
Montos en Disputa
$18,763.23
Impuesto
$6,166.95
Multa
$24,930.18
Total
$ 91,021.93
Crédito Objetado
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