I1701010TM
ConfirmatorioLección Principal
Las empresas que operan como sucursales en El Salvador deben analizar sus operaciones bajo la óptica de la legislación tributaria local, independientemente de cómo se estructuren los contratos o pagos a nivel internacional con su casa matriz. La prestación de un servicio en territorio salvadoreño genera obligaciones de IVA, aun si es parte de una cadena de servicios internacional, y las normas o prácticas de una industria no prevalecen sobre la ley fiscal.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la determinación de IVA y una multa a una sucursal de aerolínea en El Salvador. La empresa prestó servicios de transporte aéreo para pasajeros cuyos boletos fueron vendidos por otras aerolíneas, pero no declaró el IVA correspondiente, argumentando que la operación era gestionada por su casa matriz en el extranjero. El Tribunal estableció que el servicio se prestó en territorio salvadoreño, generando un hecho imponible de IVA distinto a la venta del boleto, y que las regulaciones de la industria aérea no eximen del cumplimiento de la ley fiscal local.
Montos en Disputa
$2,195,644.35
Impuesto
$2,201,110.62
Multa
$4,396,754.97
Total
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