I1508002TM
ModificatorioLección Principal
La falta de liquidez no justifica el no pago del IVA, ya que el contribuyente actúa como un mero agente recaudador de fondos que pertenecen al Fisco. No presentar la declaración de IVA se presume como evasión intencional, y es crucial presentar todas las pruebas de descargo durante la etapa de fiscalización ante la DGII, ya que el Tribunal de Apelaciones no podrá valorarlas si se presentan por primera vez en esa instancia.
Resumen del Caso
El contribuyente omitió presentar y pagar las declaraciones de IVA del año 2012, alegando falta de liquidez. La DGII determinó el impuesto y aplicó multas por omisión de declaración y evasión intencional. El Tribunal confirmó la evasión intencional, desestimando la falta de liquidez como excusa, pero modificó el cálculo de la multa por omisión, basándola en el impuesto a pagar en lugar del débito fiscal total.
Montos en Disputa
$64,525.59
Impuesto
$58,564.89
Multa
$123,090.48
Total
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