R1405012TM

Confirmatorio
Renta Tasación/Multa Notificada: 21 de diciembre de 2017

Lección Principal

Al contratar servicios de proveedores no domiciliados, es crucial analizar dónde se 'utiliza' o aprovecha económicamente el servicio. Si el beneficio se materializa en El Salvador para prestar un servicio a clientes locales, se debe efectuar la retención de Impuesto sobre la Renta del 20% para que el gasto sea deducible, independientemente de que la infraestructura del proveedor esté en el extranjero.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de gastos por servicios de interconexión internacional pagados a empresas no domiciliadas. La objeción se basó en que el contribuyente no realizó la retención del 20% de Impuesto sobre la Renta, al considerar el Tribunal que dichos servicios, aunque prestados desde el exterior, son utilizados en El Salvador. Consecuentemente, se confirma el impuesto determinado y la multa por evasión no intencional.

Montos en Disputa

$387,982.27

Impuesto

$96,995.57

Multa

$ 1,155,011.46

Crédito Objetado

Análisis detallado de la sentencia

Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.

Ver planes 7 días de prueba gratis

Con Pro también obtienes:

Consultas IA ilimitadas Sentencias completas Checklists descargables