I1612005TM
ConfirmatorioLección Principal
El IVA recaudado de los clientes no pertenece a la empresa, sino que se mantiene en fideicomiso para el Estado. Las dificultades financieras, como la falta de liquidez o los embargos, no eximen de la obligación legal de declarar y pagar este impuesto. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones acumulativas por la falta formal de presentación de la declaración y por el delito sustantivo de evasión fiscal.
Resumen del Caso
Una empresa no presentó declaraciones de IVA ni pagó el impuesto correspondiente durante once meses, alegando problemas financieros. La DGII determinó el impuesto omitido e impuso multas separadas por la omisión de declarar y por evasión intencional. El Tribunal de Apelaciones confirmó tanto el impuesto como las multas, estableciendo que la dificultad económica no es excusa para no remitir el IVA y que ambas infracciones pueden ser sancionadas de forma acumulativa.
Montos en Disputa
$41,157.06
Impuesto
$43,560.24
Multa
$84,717.3
Total
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