011-0324
ConfirmatorioLección Principal
Toda persona jurídica, incluyendo asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, tiene la obligación formal de presentar anualmente el informe F-915 para reportar su listado de socios, accionistas o cooperados a la Administración Tributaria. El hecho de no distribuir utilidades no exime de esta obligación, y su incumplimiento conlleva sanciones económicas significativas.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma una multa de $3,240.00 impuesta por la DGII a una asociación sin fines de lucro por no presentar el informe F-915 (listado de socios) del año 2021. El Tribunal aclara que todas las personas jurídicas, incluidas las no lucrativas, están obligadas a presentar dicho informe para identificar a sus miembros, independientemente de si distribuyen utilidades o no. Se desestima la solicitud de atenuante del contribuyente por no haber cumplido los requisitos legales para su aplicación.
Montos en Disputa
$3,240
Multa
$3,240
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: