I1401008TM
ConfirmatorioLección Principal
Para que las propinas puedan ser legalmente excluidas de la base imponible del IVA, es indispensable que se detallen de forma explícita y separada en la factura emitida al cliente. Confiar en registros internos o extra-contables es insuficiente para desvirtuar la naturaleza de los ingresos, especialmente cuando estos se reciben a través de medios formales como tarjetas de crédito, ya que la carga de la prueba recae sobre el contribuyente.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto a pagar de $15,408.15 y multas por $37,898.01 a una empresa de entretenimiento. La empresa omitió declarar ingresos por servicios pagados con tarjeta de crédito, alegando incorrectamente que eran 'propinas', sin que estas constaran en las facturas como exige la ley. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la verdad material y la proporcionalidad, validando las actuaciones y sanciones de la administración tributaria.
Montos en Disputa
$15,408.15
Impuesto
$37,898.01
Multa
$53,306.16
Total
$ 525.84
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