R1405026TM

Confirmatorio
Renta Tasación/Multa Notificada: 31 de agosto de 2016

Lección Principal

Las retenciones de impuestos deben ser declaradas y enteradas al fisco dentro de los plazos legales establecidos. Realizar el pago después de una fiscalización o de la emisión de una resolución sancionatoria no exime al contribuyente de las multas por el incumplimiento original, ya que la infracción se configura en el momento en que vence el plazo para pagar.

Resumen del Caso

La DGII determinó impuesto sobre la renta retenido y no enterado, más multas, a un contribuyente. El contribuyente alegó haber pagado posteriormente, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución, estableciendo que el pago tardío satisface la deuda del impuesto pero no elimina las multas, ya que la infracción se consumó al no pagar en el plazo legal.

Montos en Disputa

$33,815.6

Impuesto

$26,204.94

Multa

$60,020.54

Total

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