R1505023TM
ConfirmatorioLección Principal
Un ingreso se considera percibido y debe declararse para efectos de Renta, incluso si no se recibe en efectivo sino que se aplica al pago de deudas (pago por compensación). La falta de un requisito formal como una firma en una liquidación no anula el hecho generador si la realidad económica de la operación puede ser demostrada por otros medios probatorios, como contratos o autorizaciones previas.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la determinación de Impuesto sobre la Renta a un productor de café que omitió declarar ingresos por ventas a una cooperativa. Aunque el contribuyente alegó que las ventas no se perfeccionaron por falta de su firma en las liquidaciones, el Tribunal consideró que el ingreso sí se generó, ya que fue utilizado para pagar deudas que mantenía con la misma cooperativa, y que otros documentos probaban su autorización para la venta.
Montos en Disputa
$77,208.73
Impuesto
$39,656.84
Multa
$116,865.57
Total
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