R1403012TM
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir gastos financieros, es crucial mantener una trazabilidad documental impecable que demuestre de manera inequívoca que los fondos del préstamo se invirtieron directamente en la actividad productora de renta. No basta con tener un contrato y registrar el gasto; se debe poder probar el destino y la necesidad del financiamiento en todo momento, especialmente en operaciones de consolidación de deudas.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la decisión de la DGII de objetar la deducción de gastos financieros por intereses de préstamos, al determinar que el contribuyente no pudo probar que los fondos fueron utilizados para generar renta gravable. La evidencia demostró que los préstamos se obtuvieron para 'consolidar' deudas que ya habían sido pagadas, lo que invalidó la necesidad del gasto. Consecuentemente, se confirmó el impuesto determinado, la multa por evasión no intencional y la conversión del saldo a favor utilizado indebidamente en deuda tributaria.
Montos en Disputa
$40,940.3
Impuesto
$10,235.08
Multa
$51,175.38
Total
$ 18,014.68
Crédito Objetado
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