C1505028M
ConfirmatorioLección Principal
El dictaminador fiscal no puede ser un mero transmisor de la información o de las opiniones de su cliente. Tiene la obligación legal de realizar y documentar un examen crítico y sustantivo para formarse una opinión profesional independiente sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias del auditado, especialmente en áreas de alto riesgo como las operaciones con partes relacionadas. La falta de evidencia en los papeles de trabajo que respalde dicho examen es suficiente para configurar la infracción.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma las multas impuestas por la DGII a una firma de auditoría por incumplir sus obligaciones como dictaminador fiscal. La firma no examinó adecuadamente el cumplimiento de las normas de precios de transferencia de su cliente y, en su informe, se limitó a transcribir la opinión de la empresa auditada en lugar de emitir un juicio profesional independiente, violando los artículos 135 literales c) y f) del Código Tributario.
Montos en Disputa
$2,241
Multa
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Total
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