I1401001T
ConfirmatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad del crédito fiscal, es crucial mantener un Registro de Control de Inventarios meticuloso que cumpla estrictamente con todos los requisitos del Código Tributario, permitiendo la individualización y el seguimiento de los productos. Adicionalmente, para compras que superen los 58 salarios mínimos, es indispensable realizar los pagos a través de medios bancarizados (cheque, transferencia, etc.) emitidos directamente a nombre de la sociedad proveedora, ya que los pagos a terceros, incluso si están relacionados con el proveedor, no se consideran prueba válida.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta un crédito fiscal de IVA a una empresa comercializadora de mariscos. La objeción se fundamenta en dos incumplimientos graves por parte del contribuyente: llevar un Registro de Control de Inventarios que no cumple con los requisitos legales de los artículos 142 y 142-A del Código Tributario, y no poder demostrar que los pagos por compras a su proveedor se realizaron mediante medios bancarios a nombre de este, como lo exige el artículo 65-A de la Ley de IVA.
Montos en Disputa
$ 406,607.23
Crédito Objetado
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