005-0224
ConfirmatorioLección Principal
Es una obligación crítica del contribuyente mantener actualizada la dirección para recibir notificaciones ante la Administración Tributaria. No hacerlo implica que cualquier notificación enviada a la dirección registrada se considerará válida, y no se podrá alegar indefensión por no haberla recibido, debilitando significativamente la defensa en un procedimiento sancionatorio.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma una multa impuesta a una sociedad por no presentar el informe anual de socios y accionistas (F-915). El contribuyente argumentó indefensión debido a una notificación supuestamente defectuosa, pero el Tribunal validó la actuación de la DGII al constatar que la notificación se realizó en la dirección registrada que el contribuyente no había actualizado, y que el incumplimiento de la obligación formal era independiente de dicha notificación.
Montos en Disputa
$3,240
Multa
$3,240
Total
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