I1501011M
RevocatorioLección Principal
Una exención tributaria solo es válida si está explícitamente contenida en una ley. No se debe confiar en documentos administrativos (como carnets o circulares) que otorgan exenciones 'de facto', ya que, aunque en este caso el tribunal protegió al contribuyente del actuar contradictorio de la DGII, la práctica correcta es asegurarse del fundamento legal para evitar contingencias fiscales.
Resumen del Caso
La DGII determinó un impuesto de IVA y una multa a un contribuyente por no aplicar la proporcionalidad del crédito fiscal, al tener ventas gravadas y ventas a diplomáticos que trató como exentas. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, argumentando que la 'exención' se basaba en carnets emitidos por la propia DGII y no en una ley, por lo que la administración indujo a error al contribuyente y no puede luego perjudicarlo por ello.
Montos en Disputa
$198,741.38
Impuesto
$50,250.08
Multa
$248,991.46
Total
$ 160,847.74
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