C1509007M
ConfirmatorioLección Principal
Los contribuyentes cuyos ingresos brutos en un semestre (enero-junio o julio-diciembre) superen los 2,753 salarios mínimos mensuales, deben presentar obligatoriamente el informe F-987. La supuesta ambigüedad de una norma no exime de su cumplimiento, ya que los tribunales aplicarán una interpretación lógica y sistemática; en este caso, el período para calcular los ingresos es el mismo que el del informe: semestral.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma una multa impuesta a una sociedad por no presentar el Informe de Proveedores (F-987) del segundo semestre de 2013. El contribuyente alegó que la ley era ambigua sobre cómo calcular el umbral de ingresos, pero el Tribunal estableció que el cálculo debe ser semestral, y que la DGII actuó correctamente al verificar el incumplimiento sin necesidad de una auditoría formal.
Montos en Disputa
$2,590.62
Multa
$2,590.62
Total
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