R1205020TM
ModificatorioLección Principal
Es crucial declarar todos los beneficios económicos recibidos, incluso si no son en efectivo (como una cesión de crédito), bajo el principio de devengo. Adicionalmente, toda deducción de gastos debe estar impecablemente documentada con facturas o comprobantes de crédito fiscal emitidos a nombre de la empresa, ya que la mera necesidad del gasto o la existencia de recibos simples es insuficiente para su aceptación fiscal.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones analiza una determinación de Impuesto sobre la Renta, confirmando que una cesión de crédito recibida por el contribuyente es un ingreso gravable y que los gastos de combustible y celular sin facturas a nombre de la empresa no son deducibles. Sin embargo, revoca la objeción de la DGII sobre las indemnizaciones laborales anuales, aceptándolas como deducibles, lo que resulta en una modificación del impuesto y la multa a pagar.
Montos en Disputa
$30,308.61
Impuesto
$15,154.3
Multa
$45,462.91
Total
$ 9,693.34
Crédito Objetado
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