I1202036T
ModificatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad del crédito fiscal, no basta con tener el Comprobante de Crédito Fiscal. Es crucial que el contribuyente mantenga un expediente robusto que demuestre la materialidad de la operación, incluyendo pruebas de la recepción de los bienes (notas de entrega, control de inventarios), la comunicación con el proveedor y, fundamentalmente, la trazabilidad del pago (transferencias bancarias, cheques), especialmente en transacciones con proveedores nuevos o poco conocidos.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de rechazar un significativo remanente de crédito fiscal de IVA a un contribuyente, al determinar que este no pudo probar la existencia material de las compras a sus proveedores. A pesar de contar con los Comprobantes de Crédito Fiscal, la investigación de la DGII reveló que los proveedores eran ilocalizables, no declaraban ventas y no había evidencia de los pagos, lo que llevó a la conclusión de que las operaciones eran inexistentes.
Montos en Disputa
$290.64
Multa
$290.64
Total
$ 131,797.58
Crédito Objetado
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