I1310008TM
ModificatorioLección Principal
Es fundamental conservar y presentar toda la documentación de respaldo (facturas, pólizas, etc.) de los créditos fiscales y registrarlos adecuadamente en los libros contables, ya que la carga de la prueba recae en el contribuyente. Asimismo, se debe prestar atención a los vicios de procedimiento en las notificaciones de la autoridad tributaria, pues pueden invalidar sus actuaciones y llevar a la prescripción de sus facultades.
Resumen del Caso
El contribuyente apeló una determinación de IVA y multas por $147,806.25 y $26,025.03 respectivamente, originadas por créditos fiscales no soportados en 2010. El Tribunal modificó la resolución, declarando la caducidad de la facultad de la DGII para fiscalizar los períodos de enero a agosto de 2010 debido a una notificación legalmente ineficaz. Se confirmaron el impuesto y las multas para los períodos restantes (septiembre a diciembre) ya que el contribuyente no aportó pruebas para desvirtuar los hallazgos de la DGII.
Montos en Disputa
$47,843.05
Impuesto
$17,317.58
Multa
$65,160.63
Total
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