I1305005M
ConfirmatorioLección Principal
Es una obligación ineludible emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada venta a un consumidor final, sin importar el monto y sin esperar a que el cliente la solicite. El acta de un fedatario tiene un alto valor probatorio que es muy difícil de desvirtuar, y la prueba testimonial no es un medio idóneo para hacerlo en un procedimiento tributario.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una contribuyente con una multa de $448.20 por no emitir una factura en una venta verificada por un fedatario. La contribuyente apeló, alegando la nulidad del acta de comprobación y la violación de sus derechos. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la sanción, reafirmando el valor probatorio del acta del fedatario y la inadmisibilidad de la prueba testimonial presentada por la contribuyente.
Montos en Disputa
$448.2
Multa
$448.2
Total
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