I1305039M
RevocatorioLección Principal
Al vender un negocio o cesar actividades comerciales, es fundamental informar por escrito a la Administración Tributaria dentro del plazo de 15 días, como lo exige el artículo 144 del Código Tributario. Omitir esta notificación puede resultar en ser incorrectamente fiscalizado y sancionado por las obligaciones del nuevo propietario.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) impuso una multa de $448.20 a un contribuyente por no emitir una factura durante una visita de un agente fedatario. El contribuyente apeló, demostrando que había vendido el negocio casi dos años antes. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, determinando que la obligación de emitir la factura correspondía al nuevo propietario, a pesar de que el contribuyente original no había notificado a la DGII sobre la venta.
Montos en Disputa
$448.2
Multa
$448.2
Total
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