I1209006TM

Modificatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 24 de septiembre de 2013

Lección Principal

Para que un gasto sea deducible y su crédito fiscal acreditable, debe ser indispensable y estar directamente vinculado a la actividad generadora de ingresos. Los conflictos entre socios no califican, pero la defensa de activos productivos esenciales sí puede calificar. Además, es fundamental que la Administración Tributaria motive detalladamente cada objeción, ya que una falla en la motivación puede anular su acto, incluso si tuviera razón en el fondo.

Resumen del Caso

El contribuyente impugnó la objeción de créditos fiscales de IVA por gastos en servicios legales. Unos gastos correspondían a un litigio interno entre socios por la administración de la empresa y otros a un reclamo a una aseguradora por materia prima dañada. El Tribunal confirmó la objeción para el litigio societario por no ser indispensable, pero revocó la objeción para el reclamo del seguro, no por el fondo, sino porque la DGII no motivó adecuadamente su rechazo en ese punto específico, invalidando esa parte de su resolución.

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