R1207021TM

Modificatorio
Renta Tasación/Multa Notificada: 18 de septiembre de 2013

Lección Principal

Para beneficiarse de la atenuante en la sanción (multa), es crucial subsanar cualquier incumplimiento tributario, como pagar el impuesto y presentar las declaraciones omitidas, estrictamente dentro de los plazos otorgados por la Administración Tributaria en el auto de audiencia y apertura a pruebas. pruebas. Realizar el pago después de dicho plazo, aunque reduce la deuda del impuesto, no disminuirá la multa.

Resumen del Caso

La DGII determinó un impuesto de $16,922.00 y una multa del mismo valor a una empresa por no enterar las retenciones de Renta del año 2009. El contribuyente pagó dos de los doce meses adeudados después de vencido el plazo de audiencia. El Tribunal de Apelaciones ajustó el monto del impuesto a pagar a $14,243.54 reconociendo el pago, pero confirmó la multa total de $16,922.00 porque el pago tardío no cumplió el requisito para obtener la atenuante.

Montos en Disputa

$14,243.54

Impuesto

$16,922

Multa

$31,165.54

Total

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