C1206055M
RevocatorioLección Principal
Para sanciones relacionadas con obligaciones formales de carácter permanente, como el control de inventarios, la base de cálculo (Patrimonio o Capital Contable) debe corresponder al Balance General del ejercicio fiscalizado. Un error en la determinación de esta base por parte de la autoridad fiscal puede invalidar la sanción. Además, la aprobación de un procedimiento por una entidad estatal (como Aduanas) no exime del cumplimiento de los requisitos específicos de otra (como la DGII).
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a un contribuyente con una multa de $1,868.40 por no llevar sus registros de inventario conforme a los requisitos del Código Tributario. El contribuyente apeló, y el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la resolución, no porque la infracción no existiera, sino porque la DGII cometió un error al calcular la multa, utilizando el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), como lo exige la ley para este tipo de obligación.
Montos en Disputa
$1,868.4
Multa
$1,868.4
Total
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