C1205040M
ConfirmatorioLección Principal
Los auditores fiscales deben reportar obligatoriamente en el Dictamen e Informe Fiscal todos los incumplimientos a las obligaciones tributarias que identifiquen en sus clientes, sin importar si los consideran 'inmateriales' o si el cliente los corrige antes de la emisión del informe. La omisión de esta información constituye una infracción sancionable.
Resumen del Caso
El TAIIA confirma una multa impuesta por la DGII a una firma de auditoría por no haber incluido en su Dictamen e Informe Fiscal los incumplimientos tributarios que había detectado en su cliente. El Tribunal rechazó los argumentos de la firma sobre la inmaterialidad de las omisiones y la subsanación posterior por parte del cliente, estableciendo que la obligación del auditor de reportar la 'situación tributaria' completa es un deber legal ineludible.
Montos en Disputa
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Multa
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Total
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