R1205010TM

Modificatorio
Renta Tasación/Multa Notificada: 2 de julio de 2013

Lección Principal

Para deducir costos de importación, es indispensable basarse en el valor real pagado según la factura comercial y documentar cada gasto adicional (como el flete) con su respectivo comprobante (ej. Carta de Porte), en lugar de utilizar los valores estimados por la aduana en el FAUCA. La contabilidad debe reflejar fielmente las operaciones y sus soportes para evitar objeciones.

Resumen del Caso

Un contribuyente importador fue fiscalizado por deducir costos de venta basados en valores de los formularios aduaneros (FAUCA) en lugar de las facturas reales, duplicar un registro de costo y deducir gastos personales. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución de la DGII, aceptando la deducción del flete por estar documentado en Cartas de Porte, pero mantuvo las objeciones por la duplicidad, los gastos personales y el seguro no pagado, ajustando el impuesto y la multa a pagar.

Montos en Disputa

$21,956.09

Impuesto

$5,489.02

Multa

$27,445.11

Total

$ 82,464.44

Crédito Objetado

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