I1203021TM

Confirmatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 20 de mayo de 2013

Lección Principal

Para deducir créditos fiscales de IVA, no es suficiente poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal y anotarlos en el libro de compras; es un requisito indispensable y concurrente que dichas operaciones estén debidamente registradas en la contabilidad formal. Además, en contratos de arrendamiento a plazo, el IVA se causa sobre el valor total del contrato al momento de su perfeccionamiento o prórroga, no sobre los pagos periódicos.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determina un impuesto de IVA de $20,408.01 y multas por $20,031.05 a un contribuyente. La disputa se centra en la correcta tributación de un contrato de arrendamiento renovado, cuyo IVA debió pagarse sobre el valor total al momento de la prórroga, y en el rechazo de créditos fiscales por no estar las compras registradas en la contabilidad formal.

Montos en Disputa

$20,408.01

Impuesto

$20,031.05

Multa

$40,439.06

Total

$ 668.87

Crédito Objetado

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