I1206025M
ConfirmatorioLección Principal
Es una obligación formal ineludible emitir Y ENTREGAR la factura o documento equivalente en el preciso momento en que se concreta una venta, sin esperar a que el cliente la solicite. El incumplimiento, incluso en operaciones de bajo monto, puede acarrear la imposición de multas mínimas significativas, ya que el acta de un fedatario constituye prueba fehaciente de la omisión.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a un contribuyente (estación de servicio) por no emitir ni entregar una factura a un agente fedatario que realizó una compra. El contribuyente alegó que el agente se retiró intencionalmente y que la factura sí se emitió, pero el Tribunal sostuvo que la obligación es inmediata y que el acta del fedatario tiene plena validez probatoria.
Montos en Disputa
$448.2
Multa
$448.2
Total
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